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A juicio un teniente alcalde de Almería por difundir información personal de concejales del PSOE

Fachada principal de los juzgados de Vera (Almería). - Rafael González - Europa Press

Los datos personales de los socialistas fueron publicados el 27 de junio de 2023 en el perfil de Facebook del organismo

El juez de Vera (Almería) ha sugerido llevar a juicio al teniente alcalde del Ayuntamiento de Garrucha, Álvaro Ramos, debido a la divulgación de información personal de los concejales del PSOE en la página web del Ayuntamiento y en las redes sociales.

En un auto, consultado por Europa Press, el juez acuerda continuar las diligencias por los trámites de procedimiento abreviado ante los indicios de posible delito de revelación de secretos por el que también se investiga al secretario municipal, toda vez que decreta el sobreseimiento parcial y provisional frente al alcalde, Pedro Zamora (PP).

El titular señala que la investigación se inició con la querella de cinco ediles socialistas interpuesta en marzo de este año. El juez apunta que en dicha declaración constaban, además de los datos patrimoniales, una serie de “datos de carácter personal” como el nombre de todos ellos, sus números de DNI, las dirección postal, sus números de cuentas bancarias y sus vehículos con sus respectivas matrículas.

La investigación judicial revela roles en difusión de datos sensibles

Las declaraciones fueron publicadas en la página web del Ayuntamiento de Garrucha “por orden” del secretario pero “sin estar debidamente anonimizados aquellos datos de carácter personal anteriormente indicados”.

El enlace de la página web del Ayuntamiento de Garrucha, que contenía los datos anteriormente indicados, fue publicado el 27 de junio de 2023 en el perfil de Facebook del mencionado Ayuntamiento, “habiendo sido el responsable del tal publicación” el teniente alcalde, Álvaro Ramos.

El juez considera ante las diligencias practicadas hasta el momento que “existen motivos suficientes” para atribuir a los investigados “de forma indiciaria” un posible delito, por lo que otorga un plazo de diez días a las partes para que soliciten la apertura de juicio, presenten sus escritos de acusación o soliciten el sobreseimiento.

De otro lado, el instructor exonera al alcalde al no ver su participación en los hechos y por tanto apreciar la inexistencia de indicios suficientes que lleven a determinar que fuera él quien ordenará la publicación de los datos de carácter personal de las declaraciones de los querellantes.

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