“¿Esperará el juez Juan Carlos Peinado a acumular varios recursos de reforma más para resolver sobre el escrito de la defensa de Juan José Güemes?”, se preguntaba el pasado 17 de febrero en este medio.
¿Por qué especialmente, por así decir, del presidente del Centro de Emprendimiento de Innovación del Instituto de Empresa Business School y vicepresidente de Asuntos Económicas de la institución académica cuando el juez suele hacer lo mismo con todos los demás?
Porque ha sido imputado y prestó declaración el 18 de diciembre de 2024 en base a una declaración que no existió, según los audios publicados en exclusiva por este periódico.
El juez ha sido pillado infraganti. Y se ha probado.
La defensa de Güemes presentó un escrito -que no recurso de reforma- ante el juez el 10 de febrero en el que señalaba que la razón invocada por el juez Peinado para imputar a Güemes, a saber, el contenido de la declaración testifical de la directora de Recursos Humanos del Instituto de Empresa, el 16 de octubre de 2024, era inexistente.
“La condición de investigado del señor Güemes lo sería, aparentemente, por existir, contra él, indicios suficientes de ser autor de un delito de falso testimonio en causa criminal, al haber mentido al decir que a la señora. Begoña Gómez no se la había contratado por ser la esposa del presidente del Gobierno y la prueba de que, por el contrario, la señora Begoña Gómez sí había sido contratada por ese motivo residiría en la declaración de la señora Sonsoles Gil de Antuñano”.
El letrado Bernardo del Rosal Blasco aclara: «Lo cierto y verdad es que la señora [Sonsoles Blanca, directora de Recursos Humanos del IE] Gil de Antuñano nunca dijo que a la señora Begoña Gómez se la contratara por ser la esposa del señor presidente del Gobierno”, señala la defensa de Güemes, quien pide el sobreseimiento no sin antes advertir: “Aunque fueran ciertos los motivos, el juzgado de instrucción al que nos dirigimos no sería el juzgado para conocer de esos hechos ni su instructor quien debiera de determinar la existencia o inexistencia de esos indicios delictivos”.
En efecto, el delito de falso testimonio (artículo 458 del Código Penal) está fuera de la competencia que se arroga Peinado.
El juez dio traslado a todas las partes del escrito el 18 de febrero para informasen.
Pero en lugar de dictar una resolución para ratificar o rectificar la imputación el asunto está sin resolver.
Peinado no suele tramitar los recursos de reforma contra sus providencias o autos en los que ordena adoptar diligencias de investigación.
Por ejemplo, el pasado 8 de enero desestimó de una tacada, en una resolución, todos los recursos acumulados desde el inicio de las diligencias en el caso Begoña Gómez -pronto el 25 de abril se cumplirá un año- con un argumento que ha causado asombro en fuentes judiciales.
“En fase de instrucción no sería admisible el recurso de apelación, y ni siquiera el de reforma, pero en cualquier caso la determinación de las diligencias de investigación decididas por el juez instructor debe entenderse que las ha considerado pertinentes”, señaló.
En todo caso, la defensa de Güemes, en base a los videos de las declaraciones de Gil de Antuñano y del propio Güemes ha podido demostrar que es inveraz la afirmación del juez Peinado para imputarle.
Pero el juez ya lo sabía. A este cronista le ha llegado información extraoficial de que el juez Peinado, comentando en privado su conducta ha susurrado que en realidad no es esa la causa por la que ha imputado a Güemes, que hay más razones.
Pues hasta ahora el juez no ha dicho más que un solo indicio, el que no tiene fundamento, a saber que Güemes contradijo a su subordinada, quien, según el juez, declaró que Begoña Gómez “fue contratada por ser esposa del presidente de Gobierno” como directora del África Center.
Peinado se ha encontrado con un testigo de relevancia en la persona de Güemes porque es él quien dio la orden de contratar a Begoña Gómez a su subordinada Sonsoles Blanca Gil de Antuñano y quien, en sus declaraciones como testigo y como imputado, ha asumido esa responsabilidad.
¿Qué pasa? ¿Qué Peinado le imputa por haber ordenado contratar a Begoña Gómez?
A partir del mes de enero pasado, a medida que trascendían las declaraciones y la conducta del magistrado en ellas, los medios de comunicación se fueron haciendo eco. Peinado ha exigido en enero a varias televisiones grabaciones de los programas emitidos del 18 de diciembre. Y ha vuelto a reiterar esa exigencia sobre las “actuaciones judiciales” del 18 de diciembre de 2024”, entre las 10: y 17:00 horas.
Ese 18 de diciembre prestó declaración la imputada Begoña Gómez (solamente a preguntas de su abogado Antonio Camacho) y también Güemes en calidad de imputado.
Peinado ha pedido las declaraciones posteriores de tres abogados, entre ellos el del letrado Begoña Gómez, Antonio Camacho.
Pero según fuentes judiciales no solo busca limitar el derecho de expresión de los abogados, sino advertir de paso a los medios de comunicación sobre lo que informan.
Esas fuentes señalan que la amenaza a lo que declaran fuera de sede judicial los letrados, en algún caso, es la continuación de la actitud del juez dentro del juzgado de instrucción número 41 de Madrid.
Un ejemplo, según las pruebas ya aportadas por este diario fue la declaración, precisamente, de Sonsoles Blanca Gil de Antuñano, el 16 de octubre de 2024.
Casi al final se puede escuchar:
Juez: Le voy a conceder la palabra al señor letrado [de la defensa de Begoña Gómez] nuevamente para que sea el que tenga la oportunidad de formular preguntas en último lugar si así lo desea.
Letrado de Begoña Gómez: Sí con la venia señoría, no vamos a formular ninguna pregunta…
Juez: Muchas gracias. Se da por concluida la diligencia.
Letrado de Begoña Gómez Sí, una última cuestión señoría…
Juez: No es momento de ninguna otra cuestión. Es el de formular preguntas y nada más.
Letrado de Begoña Gómez: Señoría conozco perfectamente…