Condenado a cuatro años de cárcel el entrenador de un equipo de fútbol femenino de Bizkaia por abusar de una menor

28 de junio de 2024
2 minutos de lectura
Audiencia de Bizkaia | EP

El hombre ya fue condenado en marzo a 10 años de cárcel por agredir sexualmente a dos jóvenes, una con discapacidad psíquica y otra menor

Un entrenador de un equipo de fútbol femenino de Vizcaya ha sido condenado a cuatro años de prisión por abusar sexualmente de una menor de 14 años a la que entrenaba en 2022 en la Sección Segunda de la Audiencia de Bizkaia.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) confirmó que el acusado buscó un encuentro con la menor fuera del entrenamiento en la tarde del 14 de junio de 2022. Según la sentencia, el acusado se acercó a la menor con los brazos hacia atrás hasta juntar sus partes íntimas con las de ella para corregir su postura.

El suceso tuvo lugar después de que el acusado enviara, el día anterior, varios mensajes a la menor emplazándola a que le avisara si salía a correr por la calle para que le enseñara a hacerlo bien porque, según él, no lo hacía con la postura adecuada.

La Audiencia de Bizkaia destaca la concreción de la declaración de la víctima

En la resolución, que no es firme y puede ser recurrida ante el TSJPV, el tribunal considera que, teniendo en cuenta la prueba practicada durante la vista oral, el «acusado buscó el encuentro» con ella y que la «corrección de la postura no fue sino la excusa» para «acercarse al cuerpo de la menor» y «llevar a cabo el acto sexual denunciado».

La Audiencia de Bizkaia destaca la concreción de la declaración de la víctima, la ausencia de contradicciones y rechaza la existencia de los posibles móviles espurios alegados por la defensa de que la denuncia se debió al «resentimiento de que el acusado le llamara la atención por su forma de correr, lo que podía influir en que jugara en el equipo».

El tribunal afirma que «otorgar esa previsión y malicia a una menor de 14 años que contó a su madre los hechos de forma inmediata y formuló denuncia dos días después, tras considerarlo en familia, no resulta razonable».

Los hechos probados son legalmente constitutivos de un delito de abuso

Además, señala que, aunque la menor precisara instrucción para correr adecuadamente, para llevar a cabo esa corrección «no hace falta contactar con el cuerpo de otra persona».

La Audiencia considera que los hechos probados son legalmente constitutivos de un delito de abuso sexual sobre la menor de 16 años cometido con prevalimiento en relación con la situación de superioridad sobre la víctima que deriva en dos aspectos.

Así, alude a «su condición de entrenador de fútbol en el que iba a jugar en el siguiente curso la menor, lo que hacía difícil que ésta rehusara a recibir indicaciones sobre la forma de correr», y a la diferencia de edad, estatura y complexión del acusado.

Además de la pena de cuatro años de prisión y de la inhabilitación para ser entrenador de fútbol escolar durante nueve años, el tribunal impone una medida de libertad vigilada durante cinco años tras salir de la cárcel consistente en participar en programas de educación sexual.

Asimismo, prohíbe al encausado comunicarse o acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante seis años y fija que le abone a una indemnización de 5.000 euros.

Condena anterior

Según han explicado desde el tribunal vasco, el pasado marzo, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Bizkaia condenó a esta misma persona a diez años de prisión por agredir sexualmente a dos jóvenes, una con una discapacidad psíquica y otra menor de edad, en unos hechos ocurridos en 2015 y 2017.

Finalmente, después de que el acusado fuera arrestado en 2022 en un caso de abuso sexual reciente, se tomaron muestras de ADN y se confirmó que los perfiles coincidían, esos sucesos fueron juzgados.

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