El Consejo de Ministros acuerda prohibir el despido sobrevenido por incapacidad

21 de mayo de 2024
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La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, - Alberto Ortega - Europa Press

El Gobierno añade más preceptos para que la persona con discapacidad pueda elegir “si quiere que su relación laboral se extinga o no

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a instancias del Ministerio de Trabajo y Economía Social, la prohibición del despido sobrevenido por incapacidad, una reforma normativa solicitada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).

“El Reino de España estaba violando la doctrina del Tribunal de Justicia Europea debido a una clara discriminación hacia los trabajadores con discapacidad. Por ello, estamos modificando por primera vez el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores”, declaró la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Díaz ha celebrado que es la primera vez que se hace “una reforma profunda” en el despido en España modificando el artículo 49 que, en sus palabras, “es delicado” para “corregir la discriminación y evitar que la definición de una persona con discapacidad en el mundo del empleo lleve consigo la extinción automática de la relación laboral”.

“Es decir, como pasaba hasta ahora, que fuera despedido con carácter automático. Esto es lo que pasaba hoy en nuestro país. Lo que hacemos aparte de modificar este artículo 49, que desliga la muerte civil de los trabajadores con la relación laboral, decirle a alguien que porque sufre una discapacidad de carácter permanente en los distintos grados tiene que ser despedido, esto lo corregimos”, ha manifestado la ministra.

Además de corregir esto, la vicepresidenta segunda del Gobierno ha recalcado que añaden más preceptos para que la persona con discapacidad pueda elegir “si quiere que su relación laboral se extinga o, por el contrario, si quiere permanecer en el puesto de trabajo, hay que adaptar ese puesto de trabajo”.

Esta norma también establece un plazo de seis meses, en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, para emprender cambios relacionados con las invalideces de carácter permanente y sus distintos grados.

“Hacemos cambios terminológicos en la legislación laboral para evitar esos efectos peyorativos que también la legislación laboral tenía. En definitiva, hoy creo que nuestro país es mejor, somos más europeos, más sociales que nunca, ganamos más derechos para la gente trabajadora, que creo que hoy puede estar muy satisfecha”, ha celebrado Díaz.

El CERMI denunció que la regulación hasta ahora vigente del despido automático por razón de discapacidad sobrevenida supone una “vulneración” del derecho al empleo y la ocupación de las personas con discapacidad, consagrado en el el artículo 27 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

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