Hoy: 23 de noviembre de 2024
El Tribunal Supremo ha pedido a los implicados en el caso del procés que opinen sobre la posibilidad de consultar al Tribunal Constitucional respecto a la constitucionalidad de amnistiar el delito de desobediencia.
Esta solicitud se realiza simultáneamente a la consideración de recursos de amparo presentados por Carles Puigdemont y otros acusados, después de que el TS rechazara amnistiarlos por malversación.
La Sala de lo Penal del Supremo y el juez instructor de la causa, Pablo Llarena, han dictado dos autos en los que rechazan exonerar la malversación al procés, pero ven amnistiable el delito de desobediencia que se le atribuye a varios de sus líderes.
Los magistrados consideran que “el delito de desobediencia está incuestionablemente abarcado por la ley de amnistía”, “en su integridad” y “sin matices”. No obstante, ante sus dudas sobre la constitucionalidad de la ley aprobada el 30 de mayo en el Congreso, el Supremo ha pedido a las partes que presenten sus alegaciones sobre la pertinencia de elevar una cuestión de inconstitucionalidad ante el TC.
Para el alto tribunal declarar amnistiado el delito de desobediencia “obliga a despejar la duda de constitucionalidad que suscita el mandato legislativo por su posible oposición” a tres artículos de la Constitución: el del principio de legalidad, el que garantiza el derecho a la igualdad y relativo al ejercicio de la potestad jurisdiccional de los jueces.