Condenado a 20 años de prisión por abuso, maltrato y agresión sexual a su pareja

24 de enero de 2024
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TSJPV- | Fuente: Europa Press
TSJPV- | Fuente: Europa Press

La sala desestimó el recurso presentado por el acusado

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Álava, condenando a un hombre a 20 años y 5 meses de prisión por diversos delitos cometidos contra su pareja, incluyendo vejaciones, maltrato psicológico, agresiones físicas y abuso sexual.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJPV desestimó el recurso presentado por el acusado, quien alegó la vulneración del principio de presunción de inocencia. En su apelación, solicitó la absolución de todos los cargos, excepto el de lesiones, argumentando la falta de pruebas contundentes. Sin embargo, el Alto Tribunal vasco afirmó que existían pruebas “suficientes” y “lícitas” que respaldaban la condena impuesta.

El TSJPV respaldó el análisis exhaustivo realizado por la Audiencia de Álava, que evaluó detenidamente tanto la declaración de la denunciante como la del acusado. La corte destacó la lógica inconsistente de los argumentos exculpatorios presentados por el procesado, calificándolos de “absurdos”. Además, subrayó que se realizaron comparaciones extensas entre el testimonio de la víctima y otras pruebas recopiladas durante el juicio.

El acusado no logró desvirtuar la contundente evidencia que respaldaba la versión de la víctima

El Tribunal resaltó que la condena se basa no solo en la declaración de la denunciante, sino en la corroboración de estos hechos a través de diversas pruebas presentadas durante el proceso. Se destacó que el acusado no logró desvirtuar la contundente evidencia que respaldaba la versión de la víctima. Por lo tanto, el TSJPV concluyó que la sentencia dictada por la Audiencia de Álava estaba “sobradamente justificada”.

Además de la pena de prisión, la Audiencia alavesa impuso al condenado 5 años de libertad vigilada tras cumplir la pena de cárcel. Asimismo, se estableció el pago de una indemnización de 30.000 euros a la víctima por los daños morales y lesiones sufridas, así como el reembolso de 1.974 euros por los gastos médicos en los que la mujer incurrió como consecuencia de las agresiones. La decisión del TSJPV reafirma el compromiso con la protección de las víctimas y la aplicación rigurosa de la justicia en casos de violencia de género.

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